LEY 16/2018 DE 4 DE DICIEMBRE DE LA ACTIVIDAD FISICA Y EL DEPORTE DE ARAGON

El pasado diciembre se aprobó la nueva Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón, que entró en vigor el pasado día 20 de diciembre.

Sin entrar en valoraciones sobre el contenido de la misma y los cambios que pretende introducir, la FAM nos ha reenviado la información que ha enviado el Registro de Asociaciones Deportivas del Gobierno de Aragón en la que se informa de las novedades que la ley ha introducido en relación con su funcionamiento.

Se destaca que ya no hay diferenciación entre clubes deportivos elementales y básicos, debiendo todos ellos adaptar sus estatutos a la nueva ley en un plazo de un año. Los cambios que se han introducido en el modelo de los estatutos que ofrece la Dirección General de Deportes, señalamos que hacen referencia a la Documentación Administrativa y Contable (artículo 32 de dicho nuevo modelo orientativo) y a la necesidad de fijar las mayorías necesarias para tomar acuerdos referidos a la Modificación de Estatutos y Disolución.

Desaparece el Certificado de Identidad Deportiva, los actuales serán válidos hasta su fecha de caducidad y a partir de ese momento bastará con el certificado de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón (en los enlaces explica como solicitarlo y ofrecen un modelo para su tramitación). Y muy importante, exigen que los clubes deportivos se comuniquen con el Registro de Entidades Deportivas al menos cada dos años. Esta comunicación puede ser de cualquier índole y también ofrecen un modelo de declaración de actividad por si ésta no hubiera existido con anterioridad.

El Club de Montaña Ibonciecho se ha adelantado a la Ley y desde finales del año pasado tiene registrados nuevos Estatutos adaptados a la misma así como la composición de la nueva Junta Directiva por lo que la nueva normativa no nos supone dedicar nuevos esfuerzos para adaptar nuestra estructura a la misma.

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